PRIMERO: Vista la referida sentencia en la cual ordena la ENTREGA, al mencionado ciudadano de la suma de 481.000 Bs, (antigua denominación), actualmente 481 bsf, los cuales quedaron descritos en el Reconocimiento Legal inserto al folio 84 de la primera pieza del expediente, producto de la incautación de que fue objeto el ciudadano ORLANDO EVANGELISTA CASTILLO BATTA, al momento de su aprehensión; es por lo que este Tribunal acuerda en consecuencia la devolución del dinero antes señalado al mencionado ciudadano, lo cual fue decretado por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito en su sentencia definitiva, ordenándose a tales efectos librar Oficio al Jefe de la Sub- Delegación del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas de San Fernando de Apure, a los fines que haga la correspondiente entrega.
SEGUNDO: Igualmente cumpliendo lo acordado en la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito, .....