Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se Ejecuta la Sentencia al penado: JOSE ANGEL GUEVARA, ya identificado, en la cual se condena a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión de los hechos.
SEGUNDO: Se difiere la Ejecución de la Pena, hasta tanto se le realice al penado el Informe Psicosocial, por el organismo competente del Ministerio del Interior y Justicia, para lo cual se remitirá copia certificada de la sentencia firme y ejecutada de la misma, a la Coordinación Zonal de Tratamiento No Institucional del Ministerio del Interior y Justicia de esta ciudad, a fin de que se le realice el referido informe.
TERCERO: Remitir c.....