CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos: MARIA DAYANA MUJICA y JORGE FERNANDO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas Nros. V-19.326.480. y 14.693.878, según el Artículo 185-A del Código Civil. Y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído el día 19/12/2003, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure, según Acta N° 217.