este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artìculo 315 ibidem.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs.100.oo) MENSUALES, por concepto de Obligación de Manutención, más aporte para ropa, calzados, medicinas entre otros Beneficios, cuando lo amerite, lo cual el ciudadano: YHONNY ENRIQUE MILANO PEÑA, debe cumplir a favor de su hija, Representado por la ciudadana: HYBENNY DEL CARMEN BARRETO VALERA, sumas estas que deberán ser Depositadas en la cuenta de ahorros aperturada en la entidad Bancaria Banfoandes por la parte accionada, a favor de la Niña : ANGELINA VIRGINI.....