En merito de lo anterior, este Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Sur, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SE ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano por la ciudadana MAGDA BERROTERAN VELOZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.434.257, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 130.581, actuando en su carácter de apoderada judicial del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENA), contra la Providencia Administrativa N° 00101-09, emitida por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure, en fecha 20 de Abril de 2009, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, formulada por el ciudadano Néstor Daniel Guaramaco, titular de la cedula de identidad N° 13.639.026.-
Segundo: SE ORDENA la apertura de un Cuaderno Separado para seguir la incidencia de la Medida Cautelar Solic.....