DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales que incoara el Apoderado Judicial Abogado LUIS EDUARDO LIMA, Inpreabogado N° 94.612, de AMADO ENRIQUE JIMENEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.012.863, contra ORLANDO PASTRAL LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.134.474, domiciliado en el Sector El Diamante, diagonal a la Disip, población de Guasdualito, Municipio Páez, del Estado Apure. En consecuencia, declara que:
PRIMERO: Se reconoce la relación laboral iniciada por AMADO ENRIQUE JIMENEZ HERNANDEZ, el 27-11-2005 hasta 07-11-2012, lo cual generó el pago de las institucion.....