se le da entrada y acuerda agregarlo al expediente respectivo y por cuanto las pruebas en él contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten todas cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se acuerda para el día Miércoles 25-11-2009, a las 9:00 a.m., y 9:30 a.m., la oportunidad para que los testigos ciudadanos: FLOR DAMARIS MONTOYA, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.869.730 y RAFAEL SIMON SEIJAS, Titular de la Cedula de Identidad. Nº v-6.719.133, rindan sus respectivas declaraciones.
EL JUEZ,
Dr. WILMER J. PEREZ C. La Secretaria Temp.
FANNY L. PEREZ L.
Exp. Nº 09-138 (OFERTA REAL DE PAGO.)
Dr. WJPC/NBAL.