DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: LA FALTA DE JURISDICCIÓN respecto de la administración pública, específicamente en la Oficina Nacional de Registro Civil, para conocer de la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana NORALBA RUIZ, plenamente identificada en autos; y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la oposición planteada por el Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico, con competencia en materia Civil.
Se ordena remitir en consulta la presente decisión a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con el artículo 62 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, sellada y firmada en la Sala del.....