Este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándole carácter de Sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada; ordena desglosar las Letras de Cambio originales cursantes en los folios 08, 09, 10 y 11, colocandose en su lugar copias certificadas y entregar a la parte actora si fuere el caso; así mismo ordena el Archivo del presente expediente original y su Cuaderno de Medídas. Oficiese lo conducente. Désele salída.
EL JUEZ PRIMERO TEMPORAL,
Dr. WILMER J. PEREZ CELIS.-
La Secretaria
ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.-
Exp. N° 03-364 (Mercantil).-
ns.-