DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y analizado que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DEL ESTADO APURE (INVAP) representada por su apoderado judicial Abogado DERNIS MANUEL ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.165.253, en contra del ciudadano CARLOS HUMBERTO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.797.683 y de este domicilio. En consecuencia, se declara resuelto el contrato celebrado entre ambas partes, el cual se encuentra registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 13 de Mayo de 2003, protocolizado bajo el Nº 48, folios 301 al 309, .....