Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION LA INSTANCIA en el presente juicio de RECTIFICACION DE PARTIDA incoada por la ciudadana YSAURA MARIA LAMUÑO, y así se decide. Notifíquese a la parte solicitante de la presente decisión, por cuanto aun no se había practicado la citación de la parte demandada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 11:00 a.m. del día de hoy, veinticuatro (24) de enero de dos mil ocho (2008). 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ Z.
La Secretaria,
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