Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR la sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad dictada en contra del acusado: HEBERT ANTONIO WEFFER DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 15.532.093, residenciado en la Calle Lara, cruce con Calle Suscripción, Casa N° 46, de la Población de Camaguán, Estado Guárico, hijo de BETTE DUARTE y de HÉCTOR WEFFER; por una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad que invocara el abogado defensor DR. WINDIO ARACAS PULIDO, titular de la cédula de identidad personal N° 10.622.261, inscrito en el IPSA bajo el N° 91.741. En consecuencia se mantiene en vigor la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que en fecha 04-03-05, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 250, 251.....