Por recibidas y vistas las diligencias cursantes a los folios 21 y 23 del expediente, estampada por el Abogado JESUS GARCIA, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ANTONIO JOSE COSTA OLIVEIRA y el Abogado DIMAS ALFONZO SUAREZ SILVA, asistiendo a la ciudadana BARAHA EL DBEISSY DE EL DBEISSY, mediante la cual desisten del presente procedimiento; déseles entrada y admítanse cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con las disposiciones del Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, se da por terminado el Juicio, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada y se ordena el archivo del expediente respectivo. CUMPLASE.-