UNICO: Librar oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Caracas-Venezuela, a fin de que proceda inmediatamente dejar sin efecto la Orden de Captura librada en fecha 21-04-05, bajo Oficio Nº 1E-533-05 y ratificada en fecha 09-06-06, bajo oficio Nº 1E-557-06 en contra del ciudadano AGUIAR LOPEZ FERNANDO GABRIEL, venezolano, mayor de edad, de estado civil Casado, titular de la cedula de identidad Nº 13.104.177; además de eliminar o sacar de pantalla tales solicitudes y; Oficiar a la Dirección de Dactiloscopia Nivel Central, Caracas-Venezuela, con remisión de un espécimen de uno de los documentos inserto del expediente donde conste claramente las huellas dactilares quien se identificara Aguiar López Fernando Gabriel a fin de que se determine la identidad de aquel quienes pertenecen, a demás de los datos filiatorios de él, todo ello a los fines de hacer efectivo el cumpliendo cabal de condena recaída. Ofíciese lo conducente. Cúmplas.....