Por las razones precedentemente expuestas el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, REVOCA EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL que le fuera otorgado por este Tribunal en fecha 11 de Agosto de 2003, al penado FIGUERA FIGUERA WILLIANS CANDELARIO, titular de la cédula de identidad N°. 12.894.947 y ACUERDA: librar Orden de Captura, para cuyo cumplimiento se ordena oficiar a los diferentes Cuerpos Policiales de esta ciudad. Notifíquese a los ciudadanos Fiscal del Ministerio Público y Defensa Pública Penal, ambos con competencia en materia de Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencia. Ofíciese. Notifíquese. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. NORKA MIRABAL RANGEL.
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ALEJANDRA O.....