En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de revisión de medida presentada por la ciudadana DALYS RANGEL, actuando en su condición de Defensora Privada del ciudadano MARCOS ANTONIO MORENO SERRANO, venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.836.512, en tal sentido se amplían las presentaciones de cada ocho (08) a cada veinte (20) días y deberá presentarse por ante la Coordinación Policial con sede en la población del Elorza, municipio Rómulo Gallegos del estado Apure. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y Publíquese. Cúmpla.....