DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la OPÓSICIÓN interpuesta por el ciudadano abogado FREDDY REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.167.548, Abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 40.323, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos ciudadanos SAMUEL GUSTAVO CAMACHO GONZÁLEZ, AÍDA ROSA CAMACHO GONZÁLEZ Y HENRRY OMAR CAMACHO GONZÁLEZ.
En consecuencia, se ordena continuar con la fase de ejecución en el presente juicio, previa solicitud de las partes interesadas, tomando como referencia que el bien objeto de la partición es: Un (01) inmueble constituido por una casa propia para habitación familiar, construida .....