Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta La Perención de la Instancia en la presente causa de Resolución de Contrato incoada por el Abogado Dernis Manuel Romero, en su carácter de Apoderado Judicial del Instituto de la Vivienda del Estado Apure (INVAP) en contra de la ciudadana Wilmer Egilda Laya Marchena, y así se decide. Se ordena levantar la medida decretada en el presente proceso en fecha 20/05/2.005, una vez firme la presente sentencia. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 10:00 a.m. del día de hoy, veinticinco (25) de Marzo de 2010. 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Jueza,
Abg. A.....