este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripciòn Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO CONVENIMIENTO en los terminos expuestos por las partes, de conformidad con el Artìculo 263 del Còdigo de Procedimiento Civil, dàndole el caràcter de Sentencia Pasada con autoridad de COSA JUZGADA; en consecuencia, conforme a lo slicitado por ambas partes, se levanta la medida ejecutiva de embargo decretada por este Tribunal en fecha 20-04-06 y se ordena el archivo del presente expediente. Oficiese al Tribunal Ejecutor del Municipio Achaguas de la Circunscripciòn Judicial del Estado Apure, a los fines de que devuelva el Despacho de Comisiòn librado por este Juzgado para la ejecuciòn de la medida. Ofìciese lo conducente. Dèsele salida.-
El Juez Primero Temp.
Dr. WILMER PEREZ CELIS.-
La Secretaria,
.....