(...) declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la Ciudadana NAYELLI DEL VALLE HIDALGO CORONA, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.756.427, debidamente representada por el abogado MARCOS GOITÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.11.756.223, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.75.239, contra el ESTADO APURE; SEGUNDO: Se condena al ESTADO APURE a pagar a la parte actora, lo siguiente: (...)