Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó el ciudadano GABRIEL ANTONIO SECO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 6.565.311 y de este domicilio, representado por el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 34.179, y de este domicilio, contra el ESTADO APURE, en la persona de su Representante legal el Procurador General del Estado Apure, debidamente representado por los Abogados RODOLFO ITURRIZA, OSWALDO LOVERA, ALEXANDER SANCHEZ, MIGUEL ANGEL CORTEZ, FRANCISCO CORDOVA, LEOLGAVIS RATTIA, PETRA FLORINDA CEDEÑO, MARCO LAURENZA y JANDY DARAJANI, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 47.203, 84.281, 107.891, 12.....