PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta en fecha el 16-5-2014 por los abogados Kenny Jeancarlos Hurtado Carrasquel y Asdrúbal Alberto Carrasquel Colina, en su condición de Defensores Privados del ciudadano GABRIEL ALEXANDER FLORES RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.702.258, contra la decisión mediante la cual el 9-5-2014, la Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos contrabando de extracción, previsto y sancionado en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Precios Justos y uso de documento falso, previsto y sancionado en el artículo 322 Código Penal.
SEGUNDO: Se confirma la decisión impugnada.