PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Nulidad en cuanto ha lugar a derecho y, en consecuencia, ordena la citación, mediante boleta al Alcalde del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure, y al Sindico Procurador del referido Municipio a objeto de requerirle la remisión del expediente administrativo correspondiente al caso, el cual deberá constar en forma original o en copias debidamente certificadas y foliadas, cuya remisión deberá constar en autos dentro del término de la contestación de la demanda, 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, (Sancionada el 16/04/2006 y publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela No. 38.435 en fecha 12/05/2006), dicho lapso comenzará a correr a partir del momento en que conste en autos la citación de la última de las partes. De igual forma, se ordena la notificación del ciudadano Fiscal Superior del Estado Apure, de conformidad con lo establecido en el artículo 21, ordinal 12 de la Ley Orgánica del tribunal Supremo de .....