Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure actuando en sede Constitucional, declara: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana DIANA MARGARITA RODRÍGUEZ LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.161.838, domiciliada en la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, debidamente asistida por los Abogados en ejercicio TRINA CARABALLO B., y JOSÉ MENDOZA DIAMOND, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.167.615 y V-20.611.541, respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 37.455 y 197.843, respectivamente, en contra de la ciudadana Dra. EUMELY JOSEFINA SÁNCHEZ MARTÍNEZ, en su carácter de Juez del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Así se decide.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sa.....