DISPOSITIVA:
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se concede la prorroga de quince (15) días solicitada por la Fiscal Primero del Ministerio Publico, el cual comenzara a computarse a partir del vencimiento de los treinta días, es decir desde el día 27 de Agosto de 2008, y culminara el día 11 de Septiembre de 2008, de conformidad a lo establecido en el artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el proceso se debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la Justicia en la aplicación del derecho. En consecuencia se insta al Ministerio Publico a fin de que en el lapso establecido emita el acto conclusivo a que hubiere lugar. Quedan notificadas las partes. Termino, se leyó y conforme firman.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
.....