Visto el Convenimiento celebrado entre las partes, tal como se evidencia al folio 28 del presente Expediente, se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal ordena dejar constancia que el presente documento quedó RECONOCIDO por los ciudadanos: PEDRO ALEJANDRO MENDOZA ZALAZAR, LUIS ALEJANDRO MENDOZA FUENMAYOL, ROSA ELISA MENDOZA DE FONSECA, MARIA MAGDALENA MENDOZA FUENMAYOL, CRUZ ELISA MENDOZA FUENMAYOL, MIKE JOSE MENDOZA FUENMAYOL, RAMON GREGORIO MENDOZA FUENMAYOL y PEDRO MARTIN MENDOZA FUENMAYOL, así como estampar la nota al dorso del documento inserto al folio 4 del expediente respectivo, y de conformidad con las disposiciones del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO, dándosele el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y el archivo del expediente respectivo.-