Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: La madre se compromete aportar la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00) mensuales. SEGUNDO: Igualmente, se compromete a pagar a su hija un bono especial en el mes de Septiembre de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), con motivo del inicio del nuevo año escolar para la compra de útiles y uniformes. TERCERO: Asimismo, la madre ofrece un bono especial para el mes de Diciembre, de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs......