DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE CONTRATO, intentada por la ciudadana ESTEVEZ BEJAS CARMEN BEATRIZ, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES ¿EZEQUIEL ZAMORA¿ (UNELLEZ), ente oficial autónomo creada mediante decreto Nro. 1.178 de fecha 07 de diciembre de 1.975, condición que se evidencia de Resolución Nro. 668 del Ministerio de Educación, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nro. 36.234 de fecha 19-06-97, en la persona de su representante legal ciudadano Jaime Carrillo en su carácter de Rector y a la ciudadana Yairee Jacqueline Aponte, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.239.557.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD DEL CONTRATO de compra venta que fuera debidamente protocolizado por ante la oficina subalterna de Registro Pú.....