D I S P O S I T I V A
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente CONVENIMIENTO, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 8 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adoslencente.-
Así mismo se le hace del conocimiento al obligado, a cubrir gastos de medicina, ropa y zapatos cuando la niña lo requiera.-
Diarícese, déjese copia y notifíquese a las partes.-
La Jueza,
Abg. Yrma Yomaira Pérez Plana
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Seguidamente se publica la anterior decisión en el mismo día de hoy.....