Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Itinerante de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: De conformidad con el Artículo 375 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR EN SU TOTALIDAD LA ACUSACION, interpuesta por el Ministerio Publico en contra del acusado DOUGLAS ALFREDO CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.242.785, venezolano, natural de San Fernando Estado Apure, nacido el 03-02-1971, de 44 años de edad, soltero, Profesión u Oficio desconocido, residenciado en el Barrio La Defensa, Calle Principal, Nº 08, Municipio Biruaca, Estado Apure, asistido por el defensor publico ABG. DAYAN GONZALEZ, acusado por la Fiscalía 1° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, representada en la Audiencia de Juicio por la Profesional del Derecho AB.....