este Tribunal Superior Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, considera necesario a los fines de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de ambas partes y emitir un pronunciamiento ajustado a derecho en el caso de autos, acordar auto para mejor proveer, de conformidad con el artículo 21 párrafo 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela para solicitar al ente demandado, es decir, Municipio San Fernando del Estado Apure, el expediente administrativo de la ciudadana MARÍA YURENNI MARTÍNEZ CASTILLO y copias de las nominas de pago llevadas por el ente municipal, así como a la querellante, las copias de los bauchers de pagos correspondientes a los meses laborados. Todo esto de conformidad con el artículo 19 parágrafo 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.