(...)En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el ciudadano FREDDY RAFAEL MACUALO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V- 8.183.790, debidamente asistido por el abogado Juan Antonio Almeida Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.138.103, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.230, contra el acto administrativo de efectos particulares, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure en fecha dieciocho (18) de febrero de 2008, relativo a la declaratoria con lugar de la solicitud de calificación de falta intentada por la empresa CLIFFS DRILLING COMPANY contra el ciudadano Freddy Rafael Macualo, identificado supra; SEGUNDO: No hay condena.....