CAPITULO II
DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos JOSE RAFAEL SEGOVIA ROJAS y CARMEN TERESA JIMENEZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 8.165.031 y V-8.199.616 respectivamente, el cual contrajeron en fecha 29 de Septiembre de 1.982, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Achaguas del Estado Apure, según acta Nº 32 de la misma fecha.-
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Veintiséis (26) días del Mes de Marzo del Año Dos Mil Siete. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
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