Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el Dr. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ, en su condición de Juez Superior Penal y miembro de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en la causa seguida al ciudadano: VLADIMIR HIDALGO LOGGIODICE, signada bajo el número 1Aa-1870-10, según nomenclatura de esta alzada y que encuadrara en las previsiones del Artículo 86, numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal.