Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano LUÍS MANUEL CHIRINO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.182.822, fecha de nacimiento: 08/03/1972, residenciado en: Sector 19 de Marzo, calle Bolívar, casa S/N, municipio Biruaca del estado Apure, a los fines de asegurar la comparecencia del mismo al acto de AUDIENCIA PRELIMINAR. Ofíciese lo conducente a los órganos de seguridad. Regístrese, Publíquese. Cúmplase.-