-DECISIÓN-
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de los estados Apure y Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional conjuntamente con Solicitud de Medida Cautelar Innominada, interpuesta por el ciudadano Javier A. Vetencourt Coraggio, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad Nº V-9.870.487, en su carácter de Director General de la Sociedad Mercantil GANADERIA VC3 S.A, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Luís Manuel Almeida Palacios, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.156.520, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.656.