DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela condena al ciudadano: MARCO AURELIO SALAZAR ROJAS, titular de la cedula de identidad N° 13.687.932, venezolano, mayor de edad; a cumplir la pena de Cinco (05) años de prisión, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 7 en la Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, y el articulo 277 del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos CHISTOFER ALEXANDER CANCINO AGUILERA, YOU WEI CHEN HUNG, RAFAEL MARIA BOGGIO FUENTES y ELKE EGLIDE MARAUDON.
No se condena en costas por ser la justicia gratuita conforme al primer aparte del artículo 26 constitucional. Se cambia la medida privativa de libertad por una medida cautelar sustitu.....