Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 447 eiusdem, en relación con el numeral 2 del artículo 444 ibidem.
Se acuerda fijar para el día jueves 5 de Agosto del 2021, a las 10:30 a.m., la celebración de la audiencia a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ PRESIDENTE, (PONENTE).
JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ
LA JUEZA
NINOSKA EKATERINA CONTRERAS ESPAÑA
LA JUEZA
DAIRYS EVARIS CALDERON MOTA
LA SECRETARIA,
JANETHSY UTRERA
EMBL/JLSR/NECE/JU/José
Causa Nº 1As-3817-19