Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: La nulidad de la sentencia dictada por Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha veintiocho (28) de octubre de 2004; Segundo: Se declina la competencia por la materia y en consecuencia se ordena remitir el expediente al Tribunal Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur; Tercero: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de esta decisión.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Déjese copia certificada en este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Ap.....