este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: EVA ROSA FARFAN BOLAÑO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.016.498, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías constituidas por: Una (01) casa de Construcción de Mampostería, paredes de bloques, Cuatro (04) Habitaciones con puertas de madera, Una (01) Cocina Empotrada, Un (01) Comedor, Un (01) Lavandero, Porche de Platabanda, Dos (02) Salas de Baños Interno con todos sus accesorios, Un (01) Garaje con Capacidad de (02) Carros, Piso de Granito, Techo de platabanda, Cuatro (04) Ventanas Panorámicas con Rejas.....