En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure DECLARA :
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO intentada por el ciudadano EDUARDO ALBERTO PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.402.303, con domicilio en el Recreo, Sector las Delicias, Calle Principal, Casa S/N de esta ciudad, debidamente asistido por el Abogado EVENCIO JOSE BARRIOS COLINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.629, ya que el mismo nada probo ni demostró en este juzgado la causal invocada por el mismo. Y ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: CON LUGAR, la Reconvención propuesta por la ciudadana: NARVIS KARINA HERNÁNDEZ ARVELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.244.850, con domicilio en el Recreo, Sector 3, calle.....