Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: En virtud de los antes expuesto y con fundamento en lo establecido en el articulo 499 Código Orgánico Procesal.
UNICO: DECRETAR SUSPENDE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado LEON BEJAS CARLOS ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, residenciado Barrio las Mercedes Nº 01, al lado de la Algodonera Casa s/n. San Fernando de Apure, Estado Apure, titular de la Cédula de identidad No. V- 12.321.663, que le ha sido acordada en este mismo Tribunal en fecha: 25 de Abril 2007, hasta tanto le corresponda el próximo beneficio que es el Régimen Abierto y realizar nuevo cómputo. Cúmplase. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Líbrese Oficio al Director del Internado Judicial de esta Ciudad. Terminó, se ley.....