explicado este Tribunal de Control, Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Precalificar los hechos investigados como Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 numeral 3º del Código Penal. SEGUNDO: Decretar la aprehensión en flagrancia ya que están configurados en la detención los elementos para su procedencia, de conformidad a lo previsto y sancionado en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: La prosecución de la investigación por el Procedimiento Ordinario, de conformidad a lo previsto y sancionado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se declara con lugar la solicitud realizada por la representación fiscal y a la cual se adhirió la Defensa Pública, de imposición de Medida Cautelar establecida en el articulo 582 dictándose la c.....