DISPOSITIVA
Esta Corte por las razones de hecho y de derecho que preceden, actuando en sede Constitucional, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara Inadmisible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de Amparo Constitucional interpuesta en fecha 9-12-2020, por el Abogado Jean Carlos Martínez, quien manifestó ser Defensor Privado de la ciudadana Oriana del Carmen Molina Martínez, en el asunto penal 2C-23.634-20, nomenclatura del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, acción interpuesta en contra del referido órgano jurisdiccional a cargo de la Jueza Rosmery Torres Leal, por considerar le fueron vulnerados los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Ven.....