CON LUGAR la presente solicitud formulada por la ciudadana YOLIS MARILYS PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.639.880, actuando a favor del niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), debidamente asistido por la Abogada LINDA ROSA, Incrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nro. 137.610.