Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito judicial Penal del Estado Apure, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: ENTREGAR AL PENADO RAFAEL FRANCISCO VARGAS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.476.674, BAJO FIANZA DE CUSTODIA en manos de su progenitor, el Ciudadano: RAFAEL FRANCISCO VARGAS CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.157.965; quien se comprometió a cuidar y a vigilar su hijo, ya identificado; y para ello el mismo deberá cumplir una serie de condiciones, como lo son:
1.- Debe necesariamente llevar a consulta al penado en el Servicio de Psiquiatría del Hospital Acosta Ortiz, de esta ciudad, cada vez que le correspondan sus consultas obligatorias, de por lo menos una vez al mes.
2.- Hacer que el penado cumpla con su tratamiento médico;
3.- No permitir la .....