En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. PROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional Cautelar solicitada.-
2. SE ORDENA la reincorporación del ciudadano Alexis Meneno Gutierrez Cardoza, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.607.279, al cargo que venia desempeñando, hasta tanto sea resuelto el fondo o haya cesado las causas de su inamovilidad laboral.
3. SE ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir desde el momento de su destitución hasta su efectiva reincorporación.
4. NOTIFÍQUESE al Procurador General de la Republica y al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.