Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud hecha por el Abogado Apoderado, José Ángel Hurtado, de la Ciudadana BELKIS JOSEFINA ALMEIDA DE ALBARRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.770.953, donde pide a este Tribunal se haga la citación personal del Ciudadano: DIEGO ALBERTO MONTILLA, de conformidad a las previsiones del Articulo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez, que hasta la presente fecha, no consta las resultas de la Boleta de Citación librada al mismo por este Despacho en fecha 25 de Marzo de 2013.
SEGUNDO: Ratificar el Oficio N° 1J-1401-13 de fecha 29 de Abril de 2013, dirigida al Jefe de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, a los fines de que de respuesta oportuna de lo.....