PRIMERO: Declara que el Tribunal Competente para la sustanciación y decisión de la presente causa, lo es el Juzgado de Protección de niños, niñas y adolescentes de esta Circunscripción Judicial con sede en Guasdualito, Distrito Especial del Alto Apure, ordenándosele en consecuencia la continuidad del presente juicio.
SEGUNDO: Notifíquese a la Jueza del Juzgado de primera Instancia del presente fallo, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Remítase el expediente al Tribunal competente, a los fines de que se avoque al conocimiento de la causa.