TERCERO:
Es por todo lo antes expuesto y analizado que este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVOCA la Medida de Suspensión Condicional del proceso que le fuere acordada en fecha 11 de julio de 2.002 a favor del acusado JOSÉ RAMÓN MALDONADO CHACÓN. En consecuencia se ordena la reanudación del proceso y que el Tribunal dicte sentencia condenatoria conforme a la admisión de los hechos realizada por el acusado, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código orgánico procesal penal.
LA JUEZ
Abg. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
Refrendado,
La Secretaria,
Abg. Pierina Loggiodice